El Intendente Municipal, Enrique Marucci, informa que por Decreto ha determinado la prórroga de todos los vencimientos de tasas y servicios municipales para el 30 de abril de 2020. Cabe aclarar que se efectúa la prórroga sin la recarga de intereses.
VISTO:
La Ordenanza Tributaria vigente, el Código Fiscal, el Decreto Nacional N°260/2020, el Decreto Nacional297/2020, el Decreto Provincial 213/2020, el Decreto Provincial N°270/2020y Decreto Municipal Emergencia Sanitaria y/o vencimientos tributarios año 2020; y
CONSIDERANDO
Que, mediante el decreto nacional N°260/2020 se amplió en nuestro país la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°27.541, por el plazo de 1 año en virtud de la pandemia declarada.-
Que, mediante el Decreto Nacional 297/2020 el poder ejecutivo nacional ordenó el aislamiento social preventivo y obligatorio en todo el territorio del país.
Que, mediante el Decreto 0213/2020, emitido por el Poder Ejecutivo Provincial en fecha 12 de marzo se dispuso adherir a la Provincia de Santa Fe a las disposiciones del Decreto de Necesidad y Urgencia N°260/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, en tanto resulte materia de competencia de la misma.-
Que, mediante el Decreto Provincial N°270/2020, el Poder Ejecutivo Provincial dispuso adherir a la Provincia de Santa Fe a las disposiciones del Decreto de Necesidad y Urgencia 297/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, en tanto resulte materia de competencia de la misma
Que, en el marco de dichos decretos se han establecidos una serie de medidas tendientes a garantizar el aislamiento de los grupos de riesgo y de los casos sospechosos promoviendo en otros supuestos el trabajo remoto y la reducción de los servicios de transporte público con el fin de mitigar la propagación de la pandemia.
Que, en ese marco deviene necesario arbitrar los medios necesarios tendientes a facilitar y posibilitar la realización de trámites y el cumplimiento en tiempo y en forma de las obligaciones que correspondan al ámbito municipal, evitando o minimizando las situaciones de aglomeración y/o circulación de contribuyentes en el organismo.-
Que, asimismo es intención del Municipio aliviar las cargas tributarias en virtud a la merma de las actividades comerciales.-
Que, por medio de los Decretos correspondientes se establecieron las fechas de vencimiento de las cuotas de los tributos Tasa General de Inmuebles y Derecho de registro e Inspección correspondientes al año 2020-
Que, ante tal situación a fin de facilitar el cumplimiento en tiempo y en forma por parte de los contribuyentes con los tributos municipales como la Tasa General de Inmuebles Urbanos y Derecho de Registro e Inspección, Obras de Cloacas, Obras de Agua, Obras de Gas, Obras de Pavimento, Obras Vivienda, Servicio de Agua, Tasa Rural y Tasa de Servicio resulta necesario modificar el primer vencimiento de las cuotas de 03/2020 de los mismos a los fines de garantizar su ingreso oportuno.
Que, igual tratamiento corresponde aplicar a las cuotas que vencen en el mes de abril del año 2020, de los tributos y tasas expuestos en el considerando anterior.
Por todo ello el Intendente Municipal de la ciudad de San Jorge en uso de las atribuciones que le son propias:
DECRETA
Art. 1º) Establecer como único vencimiento de la cuota tres (3) del período fiscal 2020 correspondiente a la Tasa General de Inmuebles Urbanos, Derecho de Registro de Inspección, Obras de Cloaca, Obras de Agua, Obras de Gas, Obras de Pavimento, Obras de Vivienda, Servicio de Agua, Tasa Rural y Tasa de Servicio el día 30/04/2020.-
Art. 2º) Establecer que los pagos de los Tributos y Tasas expuestos en el Artículo 1 del presente DECRETO que se presenten y/o paguen con posterioridad a la fecha inserta en dicho artículo se considerarán fuera de término y los accesorios se aplicarán desde el vencimiento fijado en el presente Decreto.-
Art 3º): Notifíquese, Comuníquese, Publíquese, Dese copia al Registro Municipal y Archívese.-
Dada en la Intendencia Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los tres días del mes de abril del dos mil veinte.-