La antena colocada de telefonía en la Calle Santa Fe al 300 de nuestra ciudad sigue causando preocupación en los vecinos del lugar. La municipalidad había confirmado en un comunicado que no estaba concedido el permiso para su instalación.
Ayer vecinos del barrio se pusieron en contacto con nuestra redacción, denunciando que a pesar del comunicado emitido por la municipalidad el pasado 23 de septiembre donde el mismo informaba a la población “que la Ordenanza Municipal Nº 1606 de fecha 10 de agosto de 2006, la cual prohíbe en su Artículo Segundo, la instalación de antenas o estructuras de servicios de telefonía celular dentro del ejido urbano. Por este motivo, la Municipalidad de San Jorge intimó a la empresa Telecom/Personal, al retiro de dicha estructura”, se vio a operarios trabajaban intensamente en las inmediaciones del lugar.
En los pasillo del palacio municipal, se supo también que vecinos habían formulados los mismos reclamos a los funcionarios de distintas áreas que inmediatamente corroboraron lo que estaba sucediendo.
Preocupación sobre la legislación
Consecuente con la noticia difundida por el Diario Clarín, el pasado 10 del corriente mes (VER NOTA)
Ambientalista, concejales y funcionarios, mostraron su preocupación por un posible avasallamiento mediante leyes nacionales (que podrían darse a futuro), por sobre las comunales o municipales, permitiendo la proliferación de este tipo de antenas y ante la “flexibilidad permisividad” que ya mostró el gobierno con las multinacionales de la comunicación desde su asunción.
La otra biblioteca de la justicia
A pesar de la inquietud que existe por el problema en cuestión, están los que judicialmente sostienen que es imposible ir contra la legislación de cada pueblo.
Esto en disidencia a quienes dicen que “no hay ordenanzas municipales que puedan ir en contra de una legislación nacional”.
Si bien en el caso denominado “Comuna de Arequito” que está directamente relacionado a los límites del uso de agroquímicos , la sentencia que resolvió “no hacer lugar medida Cautelar” por parte de la empresa “SPEEDAGRO” podría tomarse como jurisprudencia en lo que respecta al poder que tienen las comunas o municipalidades respectivamente.
Sintéticamente el fallo que llegó a la Corte Suprema de Justicia con la firma de los jueces Lorenzetti , Frayt y Petracchi ,estableciendo entre otros fundamentos que las comunas y municipalidades tiene “las potestades de regulación y fiscalización , en principio propias del ejercicio del poder de policía”.
El fallo , tiene dicho también que “…para todo lo que sucede dentro de los límites de la comuna , ella cuenta con las atribuciones necesarias para llevar adelante de manera efectiva su gestión”.