sábado, abril 20
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Esta semana se aprobó por unanimidad la Ordenanza N° 2416. La misma fue impulsada por Lisandro Schiozzi.

El propio edil, comentó el sentido de la misma, que contempla la creación del Plan de Fomento del Deporte y Practicas Recreativas Alternativas. Schiozzi, junto a su grupo se mostraron satisfechos por el logro.  

“Estoy feliz, porque para mí es cumplir otro sueño…, un sueño chiquito, que es la posibilidad para que un proyecto de ordenanza presentado por el Partido Comunista salga. Pudimos materializar una ordenanza que apunta a que, los barrios populares fuera de la cercanía de clubes, tenga espacios públicos para las infancias, juventudes y vecinos en general, y que en esos barrios tengan la opción de un aro de básquet, un playón para el vóley, o una rampa pequeña para que los chicos pasen por ahí, con su bicicleta o patineta (Skate), evitando estar en la Plaza San Martín o frente la municipalidad, como muchas veces lo vemos”. Explicó.

“Queremos darles otra alternativa a esos chicos, para que se integren a la vida deportiva, para que de paso demos un mensaje a toda la ciudadanía de abrazarlos con buenos hábitos, a personas que como yo que, tal vez tenemos un problema de rehabilitación -y yo me expongo para ser un ejemplo de lo que no hay que hacer-” acentuó.

En este contexto, Schiozzi agregó “Queremos que los chicos, abracen el deporte, los buenos hábitos saludables y sepan que el estado municipal los acompaña”

También, destacó el acompañamiento que tuvo el proyecto de ordenanza por parte de sus pares en el concejo, “Todos acompañaron, siempre en el calor del debate, pero con críticas constructivas, y donde todos los integrantes de los distintos bloques, acompañaron entendiendo los términos generales de la normativa en sí, pudiéndola plasmar entre todos”   

Sobre los plazos de ejecuciones dijo “nosotros no exigimos que esto se haga mañana, entendemos que los tiempos son los que propone el poder ejecutivo utilizando los recursos que, serán aprobados con la gestión que tenga que hacerse…, pero esperamos que, por ahí, de acá a un año podamos ver el primer playoncito en algún barrio, como el San Martín o el Urquiza” explicó, ilusionado.    

Ordenanza N° 2416

VISTO:

            La necesidad de ampliar el fomento del deporte, la actividad física y recreativa en diferentes puntos de la ciudad, como así también, la posibilidad de detectar, reconocer y orientar jóvenes talentos de la ciudad para su desarrollo humano, cívico y profesional, y;

CONSIDERANDO:

           Que ya existen en San Jorge plazas saludables, parques, canchas de fútbol y paseos para realizar caminatas y actividades deportivas que fomentan la actividad y la salud física y mental, además de los hábitos necesarios para elevar el bienestar de las personas;

           Que existe un aumento en la demanda de la práctica de deportes alternativos, generada principalmente en la última década, originaría de otros países y adoptada por nuestras sociedades por efectos de la globalización, que debe ser reconocida por las autoridades locales;

             Que en fecha 17 de febrero de 2021 ingresó un proyecto de ordenanza facultando al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las obras y gestiones necesarias para desarrollar un playón para la práctica deportiva, social y cultural en el predio ubicado en la intersección de calles Lisandro de la Torre y Bv. 25 de mayo de nuestra ciudad;

Que uno de los efectos producidos por el aislamiento de la pandemia de Covid-19 fue el aumento de la participación de distintos sectores de la sociedad en la práctica deportiva en espacios públicos y abiertos, por lo que es necesario generar nuevas propuestas para las actuales y nuevas generaciones, más allá de las ya realizadas por la Subsecretaría de Cultura y Deporte de la Municipalidad de San Jorge;

             Que la práctica deportiva, junto con buenos hábitos saludables, alejan a la población de acciones que le son nocivas para su integridad con el paso de los años, y de esta manera podemos fomentar un mensaje positivo y superador y de esperanza de transformación para reducir los daños del consumo problemático en los sectores poblacionales afectados, e incluso evitar padecer ese mal a quienes no atraviesan esa realidad, es decir una política integral sobre la salud pública generada desde el ámbito local que complemente las acciones que ya se desarrollan en torno a este flagelo social.

 Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su propio Reglamento Interno emite la siguiente:

ORDENANZA

Art.1°):  Crear el Plan de Fomento de Deportes y Prácticas Recreativas Alternativas, a realizarse por etapas, y en diferentes barrios de la ciudad para generar nuevas ofertas deportivas dirigidas a la población en general, pero especialmente a las infancias y a la juventud. Cuyos objetivos serán:

A.-) Fomentar la actividad física y la práctica de deportes alternativos en diferentes espacios públicos priorizando barrios alejados del centro y de los clubes que ya cumplen esa función.

B.-) Brindar alternativas recreativas para las infancias y especialmente para la juventud en prácticas de disciplinas que, al día de hoy, no cuentan con un espacio público propicio.

C.-) Motivar a la integración del deporte y la actividad física a vecinos y vecinas, a sus hijos e hijas, nietos y nietas de forma gratuita y segura en cercanía de sus hogares con diferentes obras y propuestas volcadas al deporte.

D.-) Enviar mensajes positivos en torno a la práctica deportiva y diversa respecto los beneficios a la salud física, social y mental y que sea parte de una política pública integral para proteger a nuestra sociedad en general, en especial a nuestra juventud e infancias de malos hábitos que puedan derivar en un perjuicio a su integridad.

E.-) Proyecciones: tener en el territorio trabajadores de la educación física que descubran talentos dentro de diferentes deportes y disciplinas y que orienten los primeros pasos y deriven a las instituciones que crean convenientes.

F.-) De la formación de orientadores: la autoridad de aplicación designada deberá realizar acciones, y/o programas tendientes a la vinculación con docentes y trabajadores de la educación física con la intención de colaborar en la formación de jóvenes para potenciar su capacidad y destreza en la práctica deportiva, como así también, en los principios y valores del olimpismo como ser: no discriminación, respeto, amistad, dignidad humana, universalidad, solidaridad, alianza entre el deporte la educación y la cultura, entre otros.

Art.2°): Se realizará la construcción de obras para las prácticas deportivas que no se encuentren disponibles en espacios públicos de nuestra ciudad, como ser: pistas de patinajes (para skates y bicicletas), playones polideportivos, plazas con aparatos preparados para hacer calistenia o ejercicios de gimnasia deportiva, playones con obstáculos fijos para la práctica del parkur, entre otros. Dichos espacios deberán contar con cartelería visible sobre la prevención y correcto uso del lugar, como así también, recomendaciones médicas para su realización.

Art.3°): Las obras que se realicen conforme a la planificación de los objetivos de los artículos precedentes se distribuirán en diferentes espacios públicos, priorizando los barrios periféricos de nuestra localidad.

Art.4°): Se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir convenios, y/o realizar gestiones con la administración provincial y/o nacional para el financiamiento de las obras mencionadas, como así también, a reglamentar las etapas descriptas en la presente, que en todos los casos dará prioridad a la participación ciudadana en la elección de las actividades deportivas.

Art.5°): Promúlguese, Comuníquese, Publíquese, Desé Copia al Registro Municipal y Archívese.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los quince días del mes de Setiembre de 2022.-

            Sr. Andrés Rosetti                                                                    Sr. Gustavo Paschetta

           Secretario del H.C.M                                                                 Presidente del H.C.M.